COSA JUZGADA

La cosa juzgada es la cualidad que tiene una sentencia, sobre la cual no cabe ningún recurso, por lo tanto se hace inimpugnable e inmutable, es decir, inimpugnable porque nadie puede atacarla con ningún recurso e inmutable porque su contenido no se va a poder modificar. La cosa juzgada nace cuando contra una sentencia ya se ejercieron todos los recursos que establece la ley, y por lo tanto ya no puede ser recurrida, o en aquellos casos donde la sentencia fue dictada en última instancia, y por lo tanto al no haber un superior jerárquico, dicha sentencia no puede ser recurrida, así mismo puede darse en aquellos casos donde aún habiendo recursos, las partes no los ejercieron en los lapsos establecidos por la ley, siendo que en cualquiera de esos escenarios nacería la cosa juzgada.

Debemos diferenciar entre la cosa juzgada formal y la cosa juzgada material, la cosa juzgada formal es aquella cuyos efectos sólo se pueden dar en un mismo proceso, es decir dentro de un proceso judicial no se pueden ejercer más recursos, y por lo tanto nace la cosa juzgada, pero la cosa juzgada formal no impide que se inicie un nuevo proceso distinto al que ya se había iniciado, y que se discuta el mismo asunto, por otra parte la cosa juzgada material, es aquella que causa sus efectos dentro y fuera del proceso, siendo que, la decisión no puede ser atacada en el proceso donde nació ni en procesos posteriores.

H2
H3
H4
3 columns
2 columns
1 column
Join the conversation now
Logo
Center